Armonizan en Durango “Ley Olimpia” enviado por el Congreso de la Unión

El Pleno de la Sexagésima Octava Legislatura, aprobó el dictamen emitido por la Comisión de Igualdad y Género, por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de las Mujeres para una Vida Sin Violencia, en materia de órdenes de protección.
El dictamen, es una armonización de la legislación federal y crea un marco regulatorio que garantiza que las autoridades brinden a las mujeres y niñas violentadas lo siguiente:
- El traslado de las víctimas a donde se requiera para garantizar su seguridad y protección;
- Custodia personal y o domiciliaria a las víctimas.
- Alojamiento temporal en espacios seguros tales como casas de emergencia, refugios y albergues que garanticen su seguridad y dignidad.
- Proporcionar los recursos económicos para garantizar su seguridad personal, transporte, alimentos, comunicación, mudanza y los trámites oficiales que requiera entre otros.
- Canalizar a las instituciones que integran el sistema nacional de salud para que provean gratuitamente y de manera inmediata los servicios que se requieran.
- Proveer los recursos y herramientas necesarias para garantizar la seguridad y acondicionamiento de vivienda;
- Facilitar a la mujer o la niña, y en su caso a sus hijas e hijos en situación de violencia, la reubicación de domicilio, residencia o del centro educativo.
- Prohibición inmediata a la persona agresora de acercarse al domicilio.
- Reingreso de la mujer y en su caso a sus hijas e hijos en situación de violencia al domicilio.
- Protección policíaca permanente a la mujer, o la niña, así como a su familia
- Protección por seguridad privada, en los casos que sea necesario;
- Utilización de herramientas tecnológicas que permitan brindar seguridad a las mujeres, o niñas que pudiera ser, proporcionar un teléfono móvil con contacto directo para brindar auxilio policial, entre otros.
- Suspensión temporal a la persona agresora del régimen de visitas y convivencia con sus descendientes.
- Ordenar la entrega inmediata de objetos de uso personal y documentos de identidad a la mujer en situación de violencia, o niña, y en su caso, a sus hijas e hijos;
- La prohibición a la persona agresora de comunicarse por cualquier medio o por interpósita persona, con la mujer en situación de violencia y, en su caso, de sus hijas e hijos u otras víctimas indirectas;
- Entre otros.
El Pleno de la Sexagésima Octava Legislatura, aprobó el dictamen emitido por la Comisión de Igualdad y Género, por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de las Mujeres para una Vida Sin Violencia, en materia de órdenes de protección.
El dictamen, es una armonización de la legislación federal y crea un marco regulatorio que garantiza que las autoridades brinden a las mujeres y niñas violentadas lo siguiente:
- El traslado de las víctimas a donde se requiera para garantizar su seguridad y protección;
- Custodia personal y o domiciliaria a las víctimas.
- Alojamiento temporal en espacios seguros tales como casas de emergencia, refugios y albergues que garanticen su seguridad y dignidad.
- Proporcionar los recursos económicos para garantizar su seguridad personal, transporte, alimentos, comunicación, mudanza y los trámites oficiales que requiera entre otros.
- Canalizar a las instituciones que integran el sistema nacional de salud para que provean gratuitamente y de manera inmediata los servicios que se requieran.
- Proveer los recursos y herramientas necesarias para garantizar la seguridad y acondicionamiento de vivienda;
- Facilitar a la mujer o la niña, y en su caso a sus hijas e hijos en situación de violencia, la reubicación de domicilio, residencia o del centro educativo.
- Prohibición inmediata a la persona agresora de acercarse al domicilio.
- Reingreso de la mujer y en su caso a sus hijas e hijos en situación de violencia al domicilio.
- Protección policíaca permanente a la mujer, o la niña, así como a su familia
- Protección por seguridad privada, en los casos que sea necesario;
- Utilización de herramientas tecnológicas que permitan brindar seguridad a las mujeres, o niñas que pudiera ser, proporcionar un teléfono móvil con contacto directo para brindar auxilio policial, entre otros.
- Suspensión temporal a la persona agresora del régimen de visitas y convivencia con sus descendientes.
- Ordenar la entrega inmediata de objetos de uso personal y documentos de identidad a la mujer en situación de violencia, o niña, y en su caso, a sus hijas e hijos;
- La prohibición a la persona agresora de comunicarse por cualquier medio o por interpósita persona, con la mujer en situación de violencia y, en su caso, de sus hijas e hijos u otras víctimas indirectas;
- Entre otros.
La presidenta de la Comisión de Igualdad y Género, Alicia Gamboa Martínez, razonó su voto a favor comentando ,
“Hemos hecho nuestras, muchas de las demandas más sentidas de las mujeres, ya sea agrupadas en colectivos o de manera individual, todas con un factor común, la exigencia de justicia y protección ante los casos de violencia que lamentablemente se siguen presentando y van al alza”.
“Las autoridades de todos los niveles de gobierno están obligadas a brindar a las mujeres y niñas que vivan violencia que ponga en riesgo su integridad y vida”.
“No permitamos que la violencia contra la mujer nos siga ganando terreno, atendamos de origen, causas y efectos, pero también hagamos algo en materia de prevención”.
“No dejemos a las mujeres y niñas que viven diferentes tipos de violencias en estado de indefensión y sin la protección preventiva de las autoridades y que solo pasen a formar parte de las estadísticas de víctimas con desenlaces fatales”.
Cabe destacar que, en Durango, la llamada “Ley Olimpia”, fue aprobada en diciembre de 2019.