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Necesario hacer valer paridad de género: Sandra Amaya

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Deben existir las mismas oportunidades para mujeres y hombres

La iniciativa de reformas a la Ley de Instituciones y procedimientos Electorales prevé establecer que  en futuras elecciones las postulaciones  deberán ser 50 por ciento para mujeres y 50 por ciento para hombres, informó la diputada Sandra Amaya Rosales.

 Señaló que a partir del 2014 las reformas comenzaron quedando en un esquema de 60 por ciento para los hombres y 40 por ciento para las mujeres. Sin embargo, con el paso de los años y los procesos electorales que han acontecido, las mujeres han demostrado que se cuenta con la vocación y liderazgo para no solo en la política sino también en todos los rubros productivos del país.

“El principal desafío es generar condiciones de certeza para todas y todos los participantes en la contienda tanto en el momento de la postulación como de la integración de autoridades. La legislación debe ser clara si lo que pretende es la paridad en la integración, más allá de ello lo relevante es garantizar que la ciudadanía defina con su voto su integración”, resaltó.

Al respecto, explicó que las  reformas que se presenta a esta sexagésima octava Legislatura son para garantizar la paridad entre los géneros en la candidatura a legisladores locales, presidentes municipales, sindicaturas y regidoras. Además los partidos políticos promoverán y garantizarán, la paridad entre los géneros en la postulación a cargo de elección popular para la integración del Congreso.

“De la totalidad de solicitudes de registro de las candidaturas a diputados que presenten los partidos políticos o las coaliciones ante el Instituto, deberán integrarse salvaguardando la paridad de género de manera horizontal en la totalidad de los distritos electorales uninominales locales, reiteró la representante popular.

Para la elección de ayuntamientos, deberán presentar una planilla integrada por fórmulas de candidatos a regidores, integradas por un propietario y su suplente, respetando el principio de paridad de género de modo que, a cada fórmula integrada por un género, siga una del otro género. 

El total de la planilla estará formada de manera paritaria con el cincuenta por ciento de candidaturas de un mismo género, salvo en el caso de que el número de regidores a elegir sea impar, situación en la cual la fórmula que exceda el criterio de paridad será libremente determinada por la planilla de candidatos independientes.

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